¿ Por qué la podemos considerar como una salida al desempleo?
Básandonos en numerosos informes tanto de la España como de la Unión Europea, en concreto en un el informe Sobre la contribución de las cooperativas a la salida de la crisis (2012/2321(INI)) redactado por el Parlamento Europeo. Señala que las cooperativas, junto con otras empresas de la economía social, desempeñan un papel esencial en la economía europea, en especial en tiempos de crisis, al combinar la rentabilidad con la solidaridad, crear puestos de trabajo de calidad, reforzar la cohesión social, económica y regional y generar capital social; reconoce asimismo que las empresas de la economía social deberían contar con un marco legislativo más claro y coherente, que tenga debidamente en cuenta la gran diversidad existente entre las entidades de la economía social, así como sus características específicas.
Se observa que en la Unión las cooperativas están adquiriendo cada vez más importancia, que existen alrededor de 160 000 empresas cooperativas, que pertenecen a 123 millones de miembros y proporcionan empleo a 5,4 millones de personas (incluidas unas 50 000 cooperativas en los sectores de la industria y los servicios en las que trabajan 1,4 millones de personas), y que las cooperativas contribuyen aproximadamente en un 5 %, de media, al PIB de los Estados miembros. Durante los últimos años, se han creado cientos de cooperativas industriales y de servicios debido a la reestructuración de empresas en crisis salvando y revitalizando así actividades económicas y puestos de trabajo a escala local; y que los grupos de cooperativas industriales y de servicios han influido de forma notable en el desarrollo regional de algunas de las regiones más industrializadas de la Unión.
Asimismo, en períodos de recesión, las cooperativas pueden promover eficazmente el emprendimiento ( es una forma de emprender) a escala microeconómica, ya que permiten a pequeños emprendedores asumir responsabilidades empresariales; apoyando, en este sentido, el desarrollo de cooperativas en los sectores social y del bienestar, pues permiten garantizar una mayor participación social de los grupos vulnerables.
Por lo anteriormente citado y por muchos otros motivos , se puede considerar el cooperativismo como una salida del desempleo cuando los puestos de trabajos tocan cifras negativas.
CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS
En primer lugar comenzamos definiendo el concepto de cooperativa, que se puede decir que son aquellas sociedades con capital variable y estructura y gestión democrática, que se asocian en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, personas que tienen intereses en común que , para su satisfacción y el servicio de la comunidad, desempeñan actividades empresariales. Una vez que se atienen los fondos comunitarios en función de la actividad cooperativista que realizan, se les imputa los resultados económicos a los socios/as.
La sociedad cooperativa debe ajustarse en su estructura y en su funcionamiento a los principios establecidos por la "Alianza Cooperativa Internacional":
- Adhesión voluntaria: el principio de puertas abiertas defiende la voluntariedad del cooperativismo " cualquier tiene libertad de entrada o salida".
- Gestión democrática, basada en la participación igualitaria de todos los socios y socias " una persona un voto"
- Participación económica de los socios y socias, con base en el compromiso y en la identificación del proyecto.
- Autonomía e independencia de los socios y socias en la dirección y gestión de la cooperativa.
- Educación, formación e información son los pilares que sostienen la participación y autogestión de la cooperativa.
- Intercooperación: cooperar y hacer algo entre varias personas a partir del convencimiento de que juntas podrán mejor, para eso la colaboración va más allá de las puertas de la cooperativa y lleva a la cooperación entre cooperativas.
- Interés por la comunidad a la que pertenecen, porque la cooperativa forma parte de un entorno en el que la influencia es recíproca.
Las cooperativas tienen otras características, más jurídicas quizás en las que se pueden destacar:
- Variabilidad del capital social y del número de socios/as.
- Igualdad de derechos y obligaciones de los socios/as.
- Personalidad jurídica propia ( desde en momento en el que se inscriba la escritura pública de la constitución en el Registro de Cooperativas de Galicia).
- Constitución formalizada en escritura pública y posterior inscripción en el registro de cooperativas.
- Pueden desenvolver cualquier actividad económica, si bien las actividades puramente especulativas no concuerdan con los principios de la filosofía cooperativista.
- Pueden desenvolver, en las condiciones en que la ley lo permita, actividades con terceros.
- Los socios/as no responden personalmente de las deudas.
- Existirá un fondo de reserva obligatorio para la consolidación, desarrollo y garantía de la cooperativa y un fondo de educación y promoción cooperativa para garantizar la formación de los socios / as y trabajadores/as
- Participación de cada socio en los excedentes netos que puedan repartirse en concepto de retorno cooperativo. Se puede acordad recibir una compensación, de existir, limitada, sobre el capital entregado como condición de ser socio/a.
- Los socio/as tienen derecho a participar en la actividad económica y social de la cooperativa de acuerdo a los estatutos y contribuyen equitativamente con el capital de la cooperativa.
CLASES DE COOPERATIVAS
- Cooperativas de trabajo asociado
- Cooperativas agrarias
- Cooperativas de explotación comunitaria de la tierra
- Cooperativas de consumidores y usuarios
- Cooperativas de servicios
- Cooperativas de transportistas
- Cooperativas del mar
- Cooperativas de explotación de los recursos acuícolas
- Cooperativas de viviendas
- Cooperativas de enseñanza
- Cooperativas de integración social
- Cooperativas de servicios sociales
- Cooperativas de crédito
- Cooperativas de seguros
- Cooperativas sanitarias
Para más
información acerca de las cooperativas , su constitución, estatutos sociales,
cuál es el tipo de cooperativa que se ajusta más a mi proyecto, entre estas y
muchas más puedes consultar o obtener información en:
1. CONSELLO
GALEGO DE COOPERATIVAS
Edif.
Administrativos. San Lázaro, s/n
15781
Santiago de Compostela tlf.881999268
2.
CONSELLERIA DE TRABALLO
Dirección
Xeral de RRRLL. Registro Central de Coperativas.
Edif.
Administrativos. San Lázaro, s/n 15781 Santiago de Compostela tlf.981957745747
3. SERVICIO
DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO Y EMPLEO DE LOS UNIVERSITARIOS (SAEE)
www.udc.es/saee/autoemprego
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