lunes, 31 de marzo de 2014

UNIDAD GALICIA EMPRENDE




La Unidad Galicia Emprende será la encargada de prestar servicios de asesoramiento y apoyo al emprendedor y de emitir un informe de viabilidad para proyectos maduros en un plazo de 30 días. La nueva herramienta facilitará los trámites administrativos relacionados con la creación de las nuevas empresas en Galicia mejorando la agilidad en las gestiones suprimiéndolas licencias municipales de obra y de actividad sustituyéndolas por comunicaciones previas.
Entre los puntos destacados de las unidades se encuentra la incorporación de puntos de atención al emprendedor, que posibilitarán la constitución formal de una nueva empresa en tan solo 24 horas y la creación de un Portal del Emprendedor, a través del que se canalizará toda la información de interés para todos aquellos que estén pensando poner en marcha un proyecto empresarial.

Además de Galicia Emprende, el ayuntamiento de A Coruña, contratará personal cualificado para ayudar a las tareas de asesoramiento en cuestiones de creación de de empresas, y así ayudar a las personas que quieran iniciar un nuevo proyecto empresarial.

Puedes obtener más información acerca e esta herramienta en su página web: http://www.igape.es/es/que-e-o-igape o sí también lo desea puede acercarse a una de las oficinas que cuenta Galicia en: Rúa Viecente Ferrer, Nº2, 15008 A Coruña o llamar a su teléfono 981182239.

Asimismo cabe decir que en el Instituto de la Mujer cuentan con una serie de herramientas destinadas para facilitar la creación de empresas a mujeres emprendedoras y de las cuales hablaremos en próximas entradas.

Por último, en la siguiente dirección web aparece una serie de cursos, sobre creación de empresas por ejemplo : como hacer un plan de negocio, contabilidad y finanzas, marketing etc. 

sábado, 29 de marzo de 2014

LEY DE EMPRENDIMIENTO DE GALICIA

La ley de emprendimiento de Galicia promueve el apoyo a las personas emprendedoras definidas  en su artículo 3.1  como “aquellas personas físicas o jurídicas que se encuentren realizando una actividad empresarial o profesional con hasta cuarenta y dos meses de antigüedad o bien los trámites previos para poder desarrollar una actividad económica, sea de forma autónoma, como autónomo, cooperativista, socio o socia de una pequeña y mediana empresa, sociedad laboral, o a través de cualquier fórmula empresarial admitida en derecho, que tenga domicilio social y fiscal dentro de Galicia.”
   
Los principales avances que recoge dicha ley están referidos a la consideración del emprendimiento de forma integral, durante todas las fases de la actividad emprendedora: emprendimiento potencial, naciente, implantación y consolidación. 
Según queda de manifiesto en la mayoría de estudios sobre emprendimiento, el emprendedor/a considera que sus principales quebraderos de cabeza son el exceso de trámites burocráticos y la falta el apoyo financiero.

A este respecto, la Ley 9/2013 establece para el inicio de actividad o apertura de establecimiento, la comunicación previa al ayuntamiento, trámite que se puede realizar vía telemática. Este avance evita que el inicio de la actividad empresarial esté condicionado por la concesión de la licencia municipal de actividad, apertura o funcionamiento.

En relación a las medidas para facilitar la financiación de los proyectos empresariales, la ley establece la creación de tres instrumentos:
  • Un fondo de capital riesgo Galicia Emprende, público o público-privado, con una previsión de invertir 4 millones de euros en proyectos emprendedores.
  • Un programa de microcréditos.
  •  Una Red gallega de inversores/as particulares que procurará la creación de fondo s de inversión específicos mediante la coinversión público-privada.

Además de todos los mecanismos recogidos en dicha ley, mediante el “Proyecto AHORA” se propone crear en el propio ayuntamiento gallego una especie de unidad que ayude a orientar a las personas que opten por el autoempleo o que pretendan crear una empresa en la localidad. Está unidad contará con personal altamente cualificado en la materia,  con el fin de ofrecer una información y una ayuda de calidad, para  que no sea necesario en un principio, recurrir a asesorías. El proyecto que se desarrolla en este blog, apuesta por la ayuda a emprendedores facilitándole tanto los trámites burocráticos como proporcionándole herramientas básicas para llevar a cabo el plan empresarial, además propone la subvención del suelo industrial de los polígonos industriales para construír alli las naves para realizar la actividad económica.


martes, 25 de marzo de 2014

MEDIDAS DE APOYO PARA LAS COOPERATIVAS


1.       Incentivos fiscales

La Ley 20/1990 recoge los beneficios tributarios de las cooperativas: las cooperativas protegidas gozarás de los siguientes beneficios fiscales:
  1.   En el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, exención, salvo gravamen de matrices y copias de las escrituras y actas notariales, así como testimonios respecto de los actos, o contratos de las operaciones siguientes:

  •      Los actos de constitución, ampliación de capital, fusión y escisión.
  •     La constitución y cancelación de préstamos, incluso de los representados por obligaciones.
  •   Las adquisiciones de bienes y derechos que se integren en el fondo de educación y promoción para cumplir sus fines.      
  2. En el impuesto de sociedades se aplicarán en los siguientes tipos de gravamen:
  •   En la base imponible, positiva o negativa, correspondiente a los resultados cooperativos, se le aplicará un tipo del 20%.
  •    En la basa imponible, positiva o negativa, correspondiente a los resultados extracooperativos se le aplicará el tipo general.

   Asimismo, gozarán en el impuesto sobre sociedades, de libertad de amortización de elementos de activo fijo nuevo amortizable, adquiridos en el plazo de tres años a partir de su fecha de inscripción en el registro de Cooperativas y sociedades anónimas laborales del Ministerio de Traballo e Asuntos Sociais, o si es el caso de las comunidades autónomas. La cantidad fiscalmente deducible en concepto de libertad de amortización, una vez practicada la amortización normal de cada ejercicio en cuantía inferior a la mínima, no podrán exceder del importe del saldo de la cuenta de resultados cooperativos disminuido en las aplicaciones obligatorias al fondo de reserva obligatorio y participación del personal asalariados

 Gozarán de una bonificación del 95% de la cuenta y en su caso de las recargas de los tributos locales, tales como el impuesto de actividades económicas y del impuesto sobre bienes inmuebles correspondiente a los bienes de naturaleza rústica de las cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra.      

En el impuesto general sobre el tráfico de empresas de exención para las operaciones sujetas que realicen las cooperativas entre si o con sus socios, en Canarias, Ceuta y Melilla.        

Otros programas que son incentivos laborales son:

  • La promoción del cooperativismo mediante el fomento del acceso a la condición de socio/a trabajador/a. El objeto de este programa es fomentar el acceso de los asalariados  a las cooperativas a la condición de socio, de manera que se financia parcialmente el capital social que debe desembolsar el trabajador.
  • Ayudas y subvenciones que contribuyen a la creación y el mantenimiento de puestos de trabajo en cooperativas y sociedades laborales que sean viables técnica , económica y financiera.                                    

domingo, 23 de marzo de 2014

EL COOPERATIVISMO COMO UNA SALIDA DEL DESEMPLEO


¿ Por qué la podemos considerar como una salida al desempleo?

Básandonos en numerosos informes tanto de la España como de la Unión Europea, en concreto en un el informe Sobre la contribución de las cooperativas a la salida de la crisis (2012/2321(INI)) redactado por el Parlamento Europeo. Señala que las cooperativas, junto con otras empresas de la economía social, desempeñan un papel esencial en la economía europea, en especial en tiempos de crisis, al combinar la rentabilidad con la solidaridad, crear puestos de trabajo de calidad, reforzar la cohesión social, económica y regional y generar capital social; reconoce asimismo que las empresas de la economía social deberían contar con un marco legislativo más claro y coherente, que tenga debidamente en cuenta la gran diversidad existente entre las entidades de la economía social, así como sus características específicas.

 Se observa que en la Unión las cooperativas están adquiriendo cada vez más importancia, que existen alrededor de 160 000 empresas cooperativas, que pertenecen a 123 millones de miembros y proporcionan empleo a 5,4 millones de personas (incluidas unas 50 000 cooperativas en los sectores de la industria y los servicios en las que trabajan 1,4 millones de personas), y que las cooperativas contribuyen aproximadamente en un 5 %, de media, al PIB de los Estados miembros. Durante los últimos años, se han creado cientos de cooperativas industriales y de servicios debido a la reestructuración de empresas en crisis salvando y revitalizando así actividades económicas y puestos de trabajo a escala local; y que  los grupos de cooperativas industriales y de servicios han influido de forma notable en el desarrollo regional de algunas de las regiones más industrializadas de la Unión.
Asimismo, en períodos de recesión, las cooperativas pueden promover eficazmente el emprendimiento ( es una forma de emprender) a escala microeconómica, ya que permiten a pequeños emprendedores asumir responsabilidades empresariales; apoyando, en este sentido, el desarrollo de cooperativas en los sectores social y del bienestar, pues permiten garantizar una mayor participación social de los grupos vulnerables.

Por lo anteriormente citado y por muchos otros motivos , se puede considerar el cooperativismo como una salida del desempleo cuando los puestos de trabajos tocan cifras negativas. 


CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS

En primer lugar comenzamos  definiendo el concepto de cooperativa, que se puede decir que son aquellas sociedades con capital variable y estructura y gestión democrática, que se asocian en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, personas que tienen intereses en común que , para su satisfacción y el servicio de la comunidad, desempeñan actividades empresariales. Una vez que se atienen los fondos comunitarios en función de la actividad cooperativista que realizan, se les imputa  los resultados económicos a los socios/as.

La sociedad cooperativa debe ajustarse en su estructura y en su funcionamiento a los principios establecidos por la "Alianza Cooperativa Internacional":
  1.  Adhesión voluntaria: el principio de puertas abiertas defiende la voluntariedad del cooperativismo " cualquier tiene libertad de entrada o salida".
  2. Gestión democrática, basada en la participación igualitaria de todos los socios y socias " una persona un voto"
  3. Participación económica de los socios y socias, con base en el compromiso y en la identificación del proyecto.
  4. Autonomía e independencia de los socios y socias en la dirección y gestión de la cooperativa. 
  5. Educación, formación e información son los pilares que sostienen la participación y autogestión de la cooperativa.
  6. Intercooperación: cooperar y hacer algo entre varias personas a partir del convencimiento de que juntas podrán mejor, para eso la colaboración va más allá de las puertas de la cooperativa y lleva a la cooperación entre cooperativas.
  7. Interés por la comunidad a la que pertenecen, porque la cooperativa forma parte de un entorno en el que la influencia es recíproca.
Las cooperativas tienen otras características, más jurídicas quizás en las que se pueden destacar:

  • Variabilidad del capital social y del número de socios/as.
  • Igualdad de derechos y obligaciones de los socios/as.
  • Personalidad jurídica propia ( desde en momento en el que se inscriba la escritura pública de la constitución en el Registro de Cooperativas de Galicia).
  • Constitución formalizada en escritura pública y posterior inscripción en el registro de cooperativas.
  • Pueden desenvolver cualquier actividad económica, si bien las actividades puramente especulativas no concuerdan con los principios de la filosofía cooperativista.
  • Pueden desenvolver, en las condiciones en que la ley lo permita, actividades con terceros.
  • Los socios/as no responden personalmente de las deudas.
  • Existirá un fondo de reserva obligatorio para la consolidación, desarrollo y garantía de la cooperativa y un fondo de educación y promoción cooperativa para garantizar la formación de los socios / as y trabajadores/as
  • Participación de cada socio en los excedentes netos que puedan repartirse en concepto de retorno cooperativo. Se puede acordad recibir una compensación, de existir, limitada, sobre el capital entregado como condición de ser socio/a.
  • Los socio/as tienen derecho a participar en la actividad económica y social de la cooperativa de acuerdo a los estatutos y contribuyen equitativamente con el capital de la cooperativa.

CLASES DE COOPERATIVAS


 Existen numerosos tipos de cooperativas en función principalmente de su objeto económico.

  1. Cooperativas de trabajo asociado 
  2. Cooperativas agrarias 
  3. Cooperativas de explotación comunitaria de la tierra
  4. Cooperativas de consumidores y usuarios
  5. Cooperativas de servicios
  6. Cooperativas de transportistas
  7. Cooperativas del mar 
  8. Cooperativas de explotación de los recursos acuícolas 
  9. Cooperativas de viviendas
  10. Cooperativas de enseñanza 
  11. Cooperativas de integración social
  12. Cooperativas de servicios sociales 
  13. Cooperativas de crédito
  14. Cooperativas de seguros
  15. Cooperativas sanitarias


Para más información acerca de las cooperativas , su constitución, estatutos sociales, cuál es el tipo de cooperativa que se ajusta más a mi proyecto, entre estas y muchas más puedes consultar o obtener información en:

1. CONSELLO GALEGO DE COOPERATIVAS
Edif. Administrativos. San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela tlf.881999268

2. CONSELLERIA DE TRABALLO 
Dirección Xeral de RRRLL. Registro Central de Coperativas.
Edif. Administrativos. San Lázaro, s/n 15781 Santiago de Compostela tlf.981957745747  

3. SERVICIO DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO  Y EMPLEO DE LOS UNIVERSITARIOS (SAEE)

www.udc.es/saee/autoemprego

viernes, 21 de marzo de 2014

EL MEDIO RURAL, OTRA ALTERNATIVA PARA LOS JÓVENES DESEMPLEADOS.



La “vuelta al campo” se contempla para muchos como una salida arriesgada a la crisis. Se plantean alternativas interesantes para todo aquel que desea cambiar su vida y lanzarse a probar suerte en el medio rural. Además, puede convertirse en una opción para aquellos que desean huir de las grandes ciudades y encontrar ventajas más saludables al respecto.

La Dirección General de Juventud y Voluntariado del Departamento del Trabajo y Previsión de la Xunta de Galicia, ha iniciado un proyecto pionero de Garantía Juvenil que se ha puesto en marcha a finales del año pasado en zonas rurales de Galicia; se trata del denominado “Aval joven” -El trabajo de los jóvenes, para garantizar el futuro de las zonas rurales-.

Este proyecto tienen como destinatarios jóvenes empadronados en Galicia con edades comprendidas entre 18 y 25 años, con una idea para desarrollar el espíritu empresarial en el área rural que estén en algunas de las siguientes situaciones: que hayan finalizado sus cualificaciones profesionales; que hayan completado su formación y están desempleados, o joven no cualificado y en situación de desempleo. Todo aquel que cumpla uno de estos requisitos, y esté comprendido entre esas edades, solo debe de inscribirse mediante un formulario electrónico  facilitado en la página web de la Xunta de Galicia en el apartado de “xuventude”.

El proyecto se desarrollará en dos zonas rurales de la provincia de A Coruña: por un lado, en la Costa da Morte (concretamente, en el Ayuntamiento de Coristanco), y por otro lado, en el interior: en el condado de Melide.

La duración del mismo será hasta el 2 de noviembre de este año 2014, y su metodología se basa en tres fases: ruta de aprendizaje, trabajos prácticos y proyectos de la tienda. A lo largo del desarrollo del programa también se puede dar la posibilidad de hacer prácticas en empresas del sector de referencia.

Pero la Consellería de Medio Rural e do Mar de la Xunta de Galicia no se limita sólo a llevar a cabo este proyecto. La Secretaría Xeral de Medio Rural e Montes, desarrolla e incentiva los procedimientos idóneos para la modernización y la innovación tecnológica en el sector agroalimentario y forestal, apoyan las inversiones en las explotaciones y la incorporación de jóvenes  a la actividad agraria. Estas medidas se unen a la innovación, a la formación profesional y al asesoramiento técnico para establecer proyectos que garanticen el asentamiento de la población en el rural.

Un ejemplo de compromiso y apoyo por parte de la Consellería de Medio Rural e do Mar, es la convocatoria de ayudas “LEADER -Ligazóns Entre as Actividades de Desenvolvemento da Economía Rural- Galiza 2007-2013 para los años 2014 y 2015”, que están llevando a cabo estos meses, para animar a los productores a que desarrollen proyectos de dinamización en el sector agro ganadero y forestal, que introduzcan nuevas técnicas de producción, y por supuesto, proyectos que mejoren el contorno rural y la calidad de vida. En todo caso, los promotores no necesitan formar parte del “Grupo de Desenvolvemento Rural” para obtener el financiamiento del programa LEADER.


Las personas interesadas en ejecutar un proyecto en el medio rural, también le pueden ser de utilidad los siguientes enlaces para conocer todas las subvenciones que están disponibles y conocer la normativa que las regula: